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SERVICIOS PARA USTED RELATIVO A LOS IMPUESTOS Calificaci�n bajo la Secci�n 501 (c)(3) Una vez que su corporaci�n est� registrada en el Estado de New Jersey, el paso siguiente para calificar dentro de las condiciones de la Secci�n 501 (c)(3) es presentar ante el IRS una Solicitud de Reconocimiento de Excepci�n bajo la Secci�n 501 (c)(3) del C�digo del IRS. Esto le brindar� a su corporaci�n los siguientes beneficios: reconocimiento p�blico de su condici�n de estar exenta del pago de impustos, lo que es particularmente conveniente en la obtenci�n de subsidios y donaciones; posibilidad de garantizar previamente a sus donantes la deductibilidad de sus contribuciones; excepci�n de ciertos impuestos federales sobre consumo; e inclusive, privilegios en el env�o de correspondencia como empresa sin fines de lucro. El proceso de solicitud para obtener esta clasificaci�n puede ser muy complejo y tedioso. Por lo cual le recomendamos que cuente con el asesoramiento de un profesional calificado en asuntos tributarios a fin de evitar problemas o demoras innecesarias en la obtenci�n de la aprobaci�n de su empresa bajo la clasificaci�n 501(c)(3). Nosotros en Spiegel & Utrera, P.A. estamos preparados para asesorarlo en el proceso de solicitud de manera que Usted pueda estar completamente seguro de que se han completado y presentado todos los documentos necesarios y se han cumplido todos los requisitos. Registraci�n Empresaria en New Jersey Cuando se registra una corporaci�n en el Estado de New Jersey, la misma est� obligada a inscribirse en el Registro de Empresas de New Jersey para obtener la Registraci�n Tributaria y de Responsabilidades Legales aplicables, administradas por el Departamento de Trabajo y la Divisi�n de Impuestos, como as� tambi�n las de la Secretar�a de Estado. La corporaci�n tiene que inscribirse dentro de los 60 d�as desde el momento en que la nueva empresa fue registrada, o si la empresa va a cobrar el impuesto a las ventas, por lo menos 10 d�as antes de la fecha en que la empresa realice su primera venta o haga uso de los certificados de excepci�n del Estado de New Jersey. Nosotros podemos iniciar los tr�mites para inscribir a su empresa y entreg�rselo junto con su Corporaci�n. El costo en el momento de la incorporaci�n es de $75. Reporte de Nuevos Empleados en New Jersey Las Leyes Federales requieren que todos los empleadores en el Estado de New Jersey reporten informaci�n b�sica de todos sus empleados recientemente contratados, o re-incorporados despu�s de haber estado alejados temporariamente de la empresa. Usted tiene que presentar un reporte por cada empleado reci�n contratado o re-incorporado. La falta de presentaci�n o la presentaci�n incompleta de este reporte dentro de los 20 d�asa paratir del momento del contrato, puede resultar en penalidades civiles. La penalidad puede llegar a $25 por cada empleado o, si el Estado determina que existe una conspiraci�n entre el empleador y el empleado para no reportar el contrato, la penalidad puede llegar a $500 por cada empleado. Nosotros podemos proporcionarle un paquete de 6 Formularios de Registraci�n de Nuevo Empleado por $35. Los formularios se dise�an especialmente de acuerdo a la informaci�n provista por su Compa��a y Usted puede re-usarlos a medida que contrata nuevos empleados. Solicitud de Excepci�n Tributaria como Empresa Corporativa Para poder quedar exento del pago del impuesto a las empresa corporativas en el Estado de New Jersey, las corporaciones sin fines de lucro tienen que presentar una declaraci�n jurada estableciendo que los prop�sitos de las actividades de su empresa son sin fines de lucro. Nosotros podemos preparar la documentaci�n necesaria durante el proceso de incorporaci�n por s�lo $100. Declaraci�n de Registro de Actividades Caritativas Toda corporaci�n sin fines de lucro que sea una organizaci�n de caridad con base en New Jersey y que solicite donaciones a personas residentes en New Jersey con fines caritativos, tiene que presentar una Declaraci�n de Registro como Organizaci�n Caritativa ante el Estado de New Jersey. Si su corporaci�n recibe menos de $25,000 en donaciones, nosotros podemos preparar los documentos de registraci�n, junto con la incorporaci�n por $75. Si su corporaci�n recibe m�s de $25,000 en donaciones, por favor ll�menos para obtener mayores detalles acerca de c�mo realizar la registraci�n.(Las organizaciones religiosas y escuelas que est�n inscriptas en el Departamento de Educaci�n, est�n exentas de este requisito.) N�mero de Identificaci�n Federal Es el equivalente para una Corporaci�n al n�mero de seguro social. .Usted lo va a necesitar para realizar operaciones comerciales y para abrir una cuenta bancaria a nombre de la corporaci�n. Nosotros podemos obtener este n�mero por Usted, y la ventaja de hacerlo a trav�s nuestro es que se lo entregaremos junto con su Corporaci�n por s�lo $35, lo que le permitir� abrir su cuenta bancaria inmediatamente. N�mero de Identificaci�n para el Impuesto por Desempleo en el Estado de New Jersey Este n�mero es usado para retener los impuestos por desempleo del Estado de New Jersey, de acuerdo a la n�mina de sueldos y salarios de su empresa. Si Usted tiene alg�n empleado en la n�mina, incluyendo Usted mismo, va a necesitar este n�mero de cuenta. Nosotros podemos inciar los tr�mites para obtenerlo y entreg�rselo junto con su Corporaci�n. El costo haci�ndolo en el momento de la incorporaci�n es de $35. Certificado de Excepci�n al Impuesto a las Ventas y Servicios en New Jersey Una vez que el IRS ha aprobado a su corporaci�n dentro de la clasificaci�n 501 (c)(3) y la ha designado exenta de impuestos, Usted puede solicitar la excepci�n del pago de impuestos por ventas y servicios en New Jersey. Para calificar dentro de esta excepcion y no tener que pagar los impuestos por ventas y servicios, la corporaci�n sin fines de lucro tiene que estar organizada y operada exclusivamente con fines religiosos, caritativos, cient�ficos, literarios, educativos o para la prevenci�n de actos de crueldad. Nosotros podemos iniciar los tr�mites para obtener esta excepci�n y entreg�rsela junto con su corporaci�n por s�lo $75. �ESTE PROTEGIDO! Acuerdo de Indemnizaci�n y Convenio de No Iniciaci�n de Acciones Judiciales Le recomendamos muy especialmente que realice un Acuerdo adicional e incluya en los Art�culos de Incorporaci�n una cl�usula especial, que establezcan esta importante medida de protecci�n, obligando a la corporaci�n a indemnizar y abstener de perjuicios a sus Directores y Funcionarios por acciones que hayan realizado en nombre del la Corporaci�n. Si un Director o Funcionario es en cualquier momento demandado por acciones tomadas en representaci�n de la Corporaci�n, estas provisiones requieren que sea la Corporaci�n la que se considere responsable, tal como fuera acordado por los Directores y Funcionarios de la misma. Estas importantes provisiones y acuerdos cuestan solamente $75 adicionales, si son pedidos en el momento de solicitar la corporaci�n.
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